Aviso:
Los beneficiarios que tengan reconocido el derecho a la renta básica de emancipación continuarán disfrutando de dicho derecho en las condiciones establecidas en la norma que se aprobó y de acuerdo con los términos de la resolución de su reconocimiento.
A partir del 1 de enero de 2012 no se admitirán nuevas solicitudes de Renta Básica de Emancipación.
 
TRAMITACIÓN DE LA RBE
 
 
Atención individualizada a los jóvenes.
Revisión de los contratos de alquiler.
Recepción de la documentación.
Seguimiento de las solicitudes.
 
 
REQUISITOS
 
 
Edad: 22 a 30 años.
Ingresos: Disponer de una fuente regular de ingresos que no superen los 22.000 euros brutos anuales. Esto incluye a los trabajadores por cuenta propia o ajena, a los becarios de investigación, y a los perceptores de prestación de desempleo o de una pensión por incapacidad.
Acreditar una vida laboral de al menos 6 meses de antigüedad, inmediatamente anterior al momento de la solicitud, o una duración prevista de la fuente de ingresos de al menos 6 meses contados desde el día de su solicitud.
Ser titular del contrato de alquiler.
 
MÁS INFORMACIÓN
 
  
Puedes solicitar más información en el IAJ,
Presencialmente con cita previa llamando al 976716990
Vía email emancipacionvivienda.iaj@aragon.es
 
 
Todo ello en base, de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA PRIMERA. Derogación del Real Decreto 1472/2007, 2 de noviembre.
 
REGISTRARSE
 
Es un Registro único en el que deben de inscribirse todas las personas que deseen optar a una vivienda protegida en la Comunidad Autónoma de Aragón (VPA), a través de cualquier procedimiento. 
La inscripción, modificación y cancelación de los datos es totalmente GRATUITA, teniendo en cuenta, que los solicitantes de VPA, deberán comunicar a este Registro cualquier modificación de los datos que hubieran aportado junto con la nueva documentación.  
 
REQUISITOS
 
Ser mayor de edad (18 años) o emancipado y no encontrarse incapacitado judicialmente para obligarse contractualmente.
Tener necesidad de vivienda.
Estar empadronado alguno de los miembros de la unidad de convivencia en un Municipio de la Comunidad Autónoma de Aragón
Cumplir los límites de ingresos máximos y mínimos establecidos.
No hallarse en las circunstancias establecidas en el artículo 24.2.d) y e) del Reglamento del Registro de Solicitantes de Vivienda Protegida y de Adjudicación de Viviendas Protegidas de Aragón y en el artículo 54 de la Ley 24/2003, de 26 de diciembre, de Medidas Urgentes de Política de Vivienda Protegida.
 
MÁS INFORMACIÓN
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